
El Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS) está ampliando las regulaciones fiscales para que se ajusten a su agenda de criptomonedas. En ningún momento de la historia fiscal la creación pura ha sido un hecho imponible. Sin embargo, el IRS intenta gravar los nuevos tokens como ingresos en el momento de su creación. Esta es una violación de los principios tributarios tradicionales y es problemática por varias razones.
En 2014, en una pregunta frecuente sobre el Aviso del IRS 2014-21, el IRS declaró que las actividades mineras resultarían en ingresos imponibles brutos. Es importante tener en cuenta que los avisos del IRS son solo pautas, no la ley. El IRS concluyó que la minería es un comercio o negocio y el valor justo de mercado de las monedas extraídas se grava inmediatamente como ingreso ordinario y está sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia (un 15,3% adicional). Sin embargo, esta guía se limita a los mineros de prueba de trabajo (PoW) y no se publicó hasta 2014, mucho antes de que el staking se volviera generalizado. Su aplicabilidad al replanteo es particularmente errónea e inaplicable.
Conectado: Más cobertura criptográfica del IRS, más riesgo
Una demanda presentada recientemente, ahora pendiente en un tribunal federal de Tennessee, niega los impuestos del IRS sobre las recompensas tributarias a medida que surgen. El demandante Joshua Jarrett participó en la cadena de bloques de Tezos: desconectó su Tezos (XNZ) y contribuyó con su potencia informática. Se crearon nuevos bloques en la cadena de bloques de Tezos, lo que resultó en Tezos recién creado para Jarrett. El IRS gravó los tokens recién creados de Jarrett como ingresos imponibles brutos basados en el valor justo de mercado de los nuevos tokens de Tezos. Los abogados de Jarrett señalaron correctamente que la propiedad de nueva creación no es un hecho imponible. Esto significa que la nueva propiedad (aquí, los tokens Tezos recién creados) solo está sujeta a impuestos si se vende o intercambia. Jarrett cuenta con el apoyo de Proof of Stake Alliance y el IRS aún no ha respondido a la queja de Jarrett.
Una renta imponible
En la historia del impuesto sobre la renta de Estados Unidos, la riqueza recién creada nunca fue renta imponible. Cuando un panadero hornea un pastel, no paga impuestos cuando sale del horno, pero sí cuando se vende en la panadería. Cuando un agricultor cultiva una nueva cosecha, no se grava cuando se cosecha, sino cuando se vende en el mercado. Y cuando un pintor pinta un nuevo retrato, no se grava cuando está terminado, sino cuando se vende en una galería. Lo mismo ocurre con los tokens recién creados. No se gravan cuando se crean y solo deben gravarse cuando se venden o intercambian.
La criptomoneda es nueva y hay muchas terminologías en evolución que la acompañan. Si bien es común llamar «recompensas» a los bloques de fichas recién creados, es un nombre inapropiado y podría ser engañoso. Llamar a algo una recompensa sugiere que alguien más lo está pagando y se parece mucho a un ingreso imponible. De hecho, nadie paga un token nuevo a un apostador, es nuevo. En cambio, replantear realmente crea una propiedad de nueva creación.
Conectado: Más citaciones del IRS para titulares de cuentas de intercambio de criptomonedas
Algunos sugieren que los nuevos tokens estén sujetos a impuestos (cuando se creen), ya que existe un mercado establecido donde el valor se puede cuantificar instantáneamente. En otras palabras, argumentan que la torta del panadero no está sujeta a impuestos cuando se elabora porque no existe un precio de mercado fijo que determine el valor de la torta. Es cierto que los tokens de Tezos tienen un valor de mercado inmediato, pero nuevamente este hecho debe ponerse en contexto: los precios pueden variar de un mercado a otro y no todos los mercados son accesibles para todos. Pero la existencia de un precio de mercado a menudo se aplica a los nuevos inmuebles, y no solo a los productos estándar o producidos en masa. Si el estándar es si existe un valor justo de mercado identificable, entonces otras propiedades recién creadas estarían de hecho sujetas a impuestos, incluidas las propiedades únicas. Cuando Andy Warhol completó una pintura, su obra de arte tenía un valor de mercado; valió la pena cada trazo de su pincel. Sin embargo, sus pinturas no fueron gravadas cuando fueron creadas. La riqueza recién creada, en ningún contexto, nunca estuvo sujeta a impuestos, no porque su valor sea incierto, sino porque aún no es un ingreso. Las criptomonedas deben tratarse por igual.
Otras analogías con los principios fiscales tradicionales están fuera de lugar y simplemente no encajan. Por ejemplo, las recompensas de apuesta no son como dividendos en acciones. El IRS, en el número 404, Dividendos, establece que «los dividendos son distribuciones de activos que una empresa le paga cuando posee acciones de esa empresa». Por lo tanto, los dividendos son una forma de pago que proviene de una sola fuente: la empresa crea el dividendo. Además, este dividendo proviene de las ganancias y ganancias de la empresa. No se aplica lo mismo a los tokens recién creados. Con la riqueza recién creada, como con las apuestas, no hay otra persona que realice un pago y, ciertamente, ningún pago relacionado con las ganancias o los ingresos.
Sobreviraje
Después de todo, la posición del IRS no es práctica y sobrevalora los ingresos. Las recompensas de apuesta se crean continuamente y la participación de los usuarios es alta. Más de las tres cuartas partes de todos los usuarios han utilizado monedas tanto para Cardanos ADA como para XNZ. En todo el espectro de apuestas de criptomonedas, el ritmo de los tokens recién creados es asombroso. En algunos casos, se crean nuevos tokens cada minuto y cada segundo. Esto podría sumar cientos de eventos imponibles cada año para un contribuyente criptográfico. Sin mencionar la carga de hacer coincidir esos cientos de eventos en un mercado volátil con precios históricos de mercado justo. Tal requisito es insostenible tanto para el contribuyente como para el IRS. Y, en última instancia, gravar los nuevos tokens como ingresos conduce a un exceso de impuestos ya que los nuevos tokens diluyen el valor de los tokens existentes. Este es el problema de la dilución y significa que cuando los nuevos tokens se gravan como ingresos, los apostadores pagan impuestos sobre una representación demostrablemente exagerada de su ganancia económica.
Conectado: Justicia fiscal para los usuarios de Krypto: la necesidad inmediata y obligatoria de un programa de amnistía
El afán del IRS por gravar las criptomonedas fomenta la aplicación inconsistente de las leyes fiscales. La criptomoneda es propiedad para fines fiscales y el IRS no puede descartarla por trato injusto. Debe tratarse de la misma manera que otros tipos de propiedad (como el pastel del panadero, el grano del agricultor o la obra de arte del pintor). No debería importar que la propiedad en sí sea una criptomoneda. El IRS parece estar cegado por su propio entusiasmo, por lo que debemos defender la justicia fiscal.
Este artículo es para fines informativos generales y no pretende ni debe interpretarse como asesoramiento legal.
Los puntos de vista, pensamientos y opiniones expresados en este documento pertenecen únicamente al autor y no reflejan necesariamente los puntos de vista y opiniones de Cointelegraph.
Jason Morton ejerció como abogado en Carolina del Norte y Virginia y es socio de Webb & Morton PLLC. También es Fiscal General de la Guardia Nacional del Ejército. Jason se centra en la defensa fiscal y los litigios (nacionales y extranjeros), planificación patrimonial, derecho comercial, protección de activos e impuestos sobre criptomonedas. Estudió blockchain en la Universidad de California, Berkeley y estudió derecho en la Universidad de Dayton y la Universidad George Washington.